SITIO EN CONTINUAS REPARACIONES...
SE NECESITA ACTUALIZAR UNA CANTIDAD DE INFORMACIÓN, PERO ESTAMOS OCUPADOS EN LA III GUERRA IMPERIAL DESDE EL 14/11/1999 ADAT.
¡ESTAMOS TRABAJANDO! SIEMPRES EN ACTIVIDAD...
ATENCIÓN: LA PÁGINA DE NOTICIAS OFICIALES DEL IMPERIO ESTARÁ UNOS DÍAS EN MODO PRIVADO, POR REPARACIONES. SEPA DISCULPAR LAS MOLESTIAS DEL CASO. VOLVEREMOS A LA BREVEDAD, CON NOVEDADES.
Incluyendo la de aquellos que no consideramos que la democracia es la "mejor" forma de gobierno; nosotros que consideramos que es de la peor forma, ya que:
Consideramos que los supuestos "derechos" colectivos no pueden estar por encima de los derechos individuales.
Estado=colectivismo (socialismo)=crimen.
Anarquía=libertad=orden natural.
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NOVEDADES:
20/7/2019: El Presidente de CELTIC homenajea a Stanley Kubrick, a cincuenta años del estreno de la película "La llegada del hombre a la Luna": clic aquí.
....
5/10/2019: CELTIC y el Sacro Imperio Divino (más conocido como Sodomítico Imperio Demente), firman Tratado de reconocimiento mutuo y colaboración. Texto: aquí. Al año siguiente, el Sodomítico Imperio Demente violaría dicho Tratado.
11/11/2019: CELTIC celebra sus once años de historia: clic aquí.
25/11/2019: CELTIC felicita a Lacalle Pou, por haber ganado las elecciones en Uruguay: clic aquí.
16/3/2020: CELTIC se adhiere a la Resistencia contra el Nuevo Orden Mundial:
ATENCIÓN: LA PANDEMIA DEL CORONAVIRUS ES UNA MENTIRA, UNA EXCUSA PARA IMPLANTAR EL TOTALITARISMO PURO DEL (((NUEVO ORDEN MUNDIAL))). EN LOS PRÓXIMOS TIEMPOS, SE PRESENTARÁ EL ANTICRISTO ANTE EL MUNDO E IMPONDRÁ LA MARCA FÍSICA DE LA BESTIA QUE CONSISTIRÁ EN UN NANOCHIP O TATUAJE INTELIGENTE (RFID), Y QUIEN SE OPONGA SERÁ PERSEGUIDO HASTA LA MUERTE.
DESDE CELTIC, NOS ALZAMOS COMO LA RESISTENCIA EN CONTRA DE ESE TOTALITARISMO. LOS ÚLTIMOS CRISTIANOS SEREMOS PERSEGUIDOS. ¡ESTO COMIENZA AHORA! ¡¡¡LOS "CONSPIRANOICOS" SE LOS ADVERTIMOS HACE AÑALES!!! Ahora, nadie se venga a quejar de que no se les advirtió. ¡ES AHORA!
Lea más aquí.
NOVEDAD:
ACLARACIONES LEGALES DEL DERECHO INTERNACIONAL:
CELTIC ES UN ESTADO SOBERANO, BASÁNDOSE SU DERECHO EN LA CONVENCIÓN DE MONTEVIDEO Y EN EL DERECHO DE AUTODETERMINACIÓN DE LOS PUEBLOS (PACTOS DE NUEVA YORK):
Artículo 1 de la Convención de Montevideo:
El estado como persona de Derecho Internacional debe reunir los siguientes requisitos:
1. Todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación. En virtud de este derecho establecen libremente su condición política y proveen asimismo a su desarrollo económico, social y cultural.
Artículo 1 del Pacto Internacional de Nueva York sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales:
1. Todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación. En virtud de este derecho establecen libremente su condición política y proveen asimismo a su desarrollo económico, social y cultural.
CELTIC ES UN ESTADO SOBERANO, Y POR ENDE, TIENE DERECHO A POSEER UNA LEGISLACIÓN INTERNA PROPIA, SIN LA INTERFERENCIA DE INJERENCIAS EXTRANJERAS. TODO CÉLTICO, TIENE ADEMÁS, DESDE EL PUNTO DE VISTA NACIONAL E INTERNACIONAL, EL PLENO DERECHO A SU LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y DISCURSO:
Artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos:
Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.”
Artículo 11 de la Carta de Derechos de la Unión Europea:
Primera Enmienda a la Constitución de los Estados Unidos de América:
El Congreso no podrá hacer ninguna ley con respecto al establecimiento de la religión, ni prohibiendo la libre práctica de la misma; ni limitando la libertad de discurso, ni de prensa; ni el derecho a la asamblea pacífica de las personas, ni de solicitar al gobierno una compensación de agravios.
(Este sitio céltico está alojado en Estados Unidos de América).
Artículo 29 de la Constitución de la República Oriental del Uruguay:
“Es enteramente libre en toda materia la comunicación de pensamientos por palabras, escritos privados o publicados en la prensa, o por cualquier otra forma de divulgación, sin necesidad de previa censura; quedando responsable el autor y, en su caso, el impresor o emisor, con arreglo a la ley por los abusos que cometieren.”
(Los ciudadanos célticos NO residen en Uruguay, sino en sus casas, que pertenecen a territorio céltico, incluyendo todos sus exclaves; sin embargo, sí transitan por territorio uruguayo, por lo cual no se les puede cercenar su LIBERTAD DE EXPRESIÓN).
ACLARACIONES LEGALES CÉLTICAS:
Bienvenidos al Portal oficial del Soberano Imperio Romano Oriental y Apostólico de la Confederación de Estados Libres Teocráticos Independientes y Célticos de la Gran Gonellasia.
Nuestra comunidad o entidad micronacional es un pintoresco y exótico país de índole híbrida (física y virtual, terrestre y extraterrestre, tangible e intangible, visible e invisible, exotérica y esotérica), de religión católica romana (ultra-montana y pre-conciliar), inspirada en las tradiciones celtas, nórdicas, germánicas y grecorromanas, pero especialmente celtas (por eso el nombre de CELTIC), puesto que consideramos a los celtas y pictos como un importante origen de la tradición europea, a su vez heredera, de las vetustas y arcanas tradiciones proto-indoeuropeas (arias y específicamente brahmánicas), thulianas, hiperbóreas y atlantes (antediluvianas o pangeanas); lo que explica que nosotros tengamos además de las típicas costumbres criollas macronacionales orientales (uruguayas), ciertas costumbres y estética céltica, como las túnicas largas con capuchas (como los nazarenos de la Semana Santa o los caballeros del Ku Klux Klan), las cruces ardientes (la "fiery cross") y por supuesto, nuestro máximo símbolo que es la cruz céltica/celta, que consiste en una cruz en un círculo, generalmente de color blanco, sobre un fondo negro. Dicha cruz es un símbolo del cristianismo primitivo en las tierras célticas y de hecho el antiguo Imperio Céltico, ocupó grandes partes de Europa, desde Irlanda y Albión (la "tierra blanca"), pasando por Celtiberia (de donde provenimos la mayoría de los célticos de esta micronación), los galos, los germanos e itálicos del norte y partes de Europa del Este. Actualmente, se consideran "naciones celtas" a aquellas que mantienen las lenguas celtas, es decir: Bretaña, Cornualles, Escocia, Gales, Irlanda e Isla de Man.
La cruz céltica o celta, es también considerada como un símbolo de nuestra raza aria o jafetita, y por eso representa en general a la Vieja Europa, que defendemos y por la cual abogamos: la Europa, cristiana, blanca y pura. Es así que la cruz céltica se alza como un símbolo por extensión de toda la otrora gloriosa Civilización Cristiana, Occidental y Aria, a la cual servimos y defendemos con devoción, como a nuestra Santa Madre Iglesia católica.
SE NECESITA ACTUALIZAR UNA CANTIDAD DE INFORMACIÓN, PERO ESTAMOS OCUPADOS EN LA III GUERRA IMPERIAL DESDE EL 14/11/1999 ADAT.
¡ESTAMOS TRABAJANDO! SIEMPRES EN ACTIVIDAD...
ATENCIÓN: LA PÁGINA DE NOTICIAS OFICIALES DEL IMPERIO ESTARÁ UNOS DÍAS EN MODO PRIVADO, POR REPARACIONES. SEPA DISCULPAR LAS MOLESTIAS DEL CASO. VOLVEREMOS A LA BREVEDAD, CON NOVEDADES.
Los estados deben ser cada vez más minarquistas hasta eventualmente desaparecer, para darle paso a las micronaciones o congregaciones políticas voluntarias en la Panarquía... Que cada persona elija el gobierno por el cual desee ser regido. Ya no más, que las mayorías impongan "leyes" sobre las minorías, ni viceversa. |
Consideramos que los supuestos "derechos" colectivos no pueden estar por encima de los derechos individuales.
Estado=colectivismo (socialismo)=crimen.
Anarquía=libertad=orden natural.
EL ANARCOCAPITALISMO ES MUY SUPERIOR AL MINARQUISMO, AUNQUE CLARO, AL MENOS EL MINARQUISMO SERÍA UN COMIENZO..."El capitalismo es la más completa expresión del anarquismo, y el anarquismo es la más completa expresión del capitalismo". Murray Rothbard.
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NOVEDADES:
20/7/2019: El Presidente de CELTIC homenajea a Stanley Kubrick, a cincuenta años del estreno de la película "La llegada del hombre a la Luna": clic aquí.
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5/10/2019: CELTIC y el Sacro Imperio Divino (más conocido como Sodomítico Imperio Demente), firman Tratado de reconocimiento mutuo y colaboración. Texto: aquí. Al año siguiente, el Sodomítico Imperio Demente violaría dicho Tratado.
11/11/2019: CELTIC celebra sus once años de historia: clic aquí.
25/11/2019: CELTIC felicita a Lacalle Pou, por haber ganado las elecciones en Uruguay: clic aquí.
16/3/2020: CELTIC se adhiere a la Resistencia contra el Nuevo Orden Mundial:
ATENCIÓN: LA PANDEMIA DEL CORONAVIRUS ES UNA MENTIRA, UNA EXCUSA PARA IMPLANTAR EL TOTALITARISMO PURO DEL (((NUEVO ORDEN MUNDIAL))). EN LOS PRÓXIMOS TIEMPOS, SE PRESENTARÁ EL ANTICRISTO ANTE EL MUNDO E IMPONDRÁ LA MARCA FÍSICA DE LA BESTIA QUE CONSISTIRÁ EN UN NANOCHIP O TATUAJE INTELIGENTE (RFID), Y QUIEN SE OPONGA SERÁ PERSEGUIDO HASTA LA MUERTE.
DESDE CELTIC, NOS ALZAMOS COMO LA RESISTENCIA EN CONTRA DE ESE TOTALITARISMO. LOS ÚLTIMOS CRISTIANOS SEREMOS PERSEGUIDOS. ¡ESTO COMIENZA AHORA! ¡¡¡LOS "CONSPIRANOICOS" SE LOS ADVERTIMOS HACE AÑALES!!! Ahora, nadie se venga a quejar de que no se les advirtió. ¡ES AHORA!
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NOVEDAD:
Decreto-Ley
Imperial N°200.320: (Medidas ante la farsa del coronavirus).
Artículo
1:
Infórmese que la pandemia terrícola cerera del coronavirus Covid-19, es una
farsa, puesto que, si es que en realidad existe, meramente se trata de una
enfermedad gripal o un simple resfrío, que incluso, se ha comprobado que mata
menos personas que la gripe común. Es así pues, que se comunica que la prensa
globalista del mundo macronacional de Tierra Cero, en conjunto con sus
gobiernos de ocupación sionista, han esparcido el bulo de una supuesta
pandemia, que mata a muy poca gente (generalmente ancianos e inmunodeprimidos,
es decir, las personas que se mueren habitualmente), y para subsanar la crisis
inventada por ellos mismos, están aplicando un sinfín de medidas totalitarias,
represivas, inconstitucionales y violatorias de los más fundamentales derechos
de la persona humana: libertad de expresión, de circulación,
de reunión, y hasta de propiedad. Luego, los gobiernos del mundialismo tienen
planificado implantar vacunaciones obligatorias—para ahí sí inocular verdaderas
enfermedades mortales a las personas, toxinas y/o nanochips de rastreo—y luego,
piensan generar más caos, para finalmente presentar la solución final, que será
el advenimiento de una persona carismática que se presentará ante todos como
“el salvador del mundo”, pero que en realidad será el Anticristo. Cuando eso
suceda, ese personaje impondrá la marca de la bestia (el nanochip o tatuaje
RFID) y los últimos cristianos sobre la faz de la Tierra, se le opondrán al
Anticristo, y serán perseguidos a muerte, falleciendo en el martirio.
Artículo
2:
Ordénese, por tanto, el cierre parcial de las fronteras truéticas tanto en la
RIA de Miklania como en la RIA de Kastelnia, exceptuándose los territorios
aledaños de Rocha, Santa Victoria del Palmar y los correspondientes truéticos a
la RIA de Contestosia. Este cierre parcial de fronteras, se seguirá de acuerdo
con lo dispuesto por el Filete Archival Legal N°180.320/1517, con las
excepcionalidades allí dispuestas, incluyendo al personal militar o altos
funcionarios del Gobierno Imperial, quienes estarán autorizados para salir del
territorio truético imperial, para asegurar el comercio y abastecimiento de la
Confederación.
Artículo
3:
Constátese que las medidas implantadas por el artículo precedente, se realizan
no con el fin de frenar un virus imaginario, sino con el fin de no poner en
riesgo la seguridad de los ciudadanos célticos, ante las medidas represivas y
opresoras implantadas por la macronación uruguaya.
Artículo
4:
Ordénese una movilización general de las tropas—complementaria a las
movilizaciones habituales por la presente guerra—con la finalidad de
salvaguardar la integridad territorial céltica ante posibles invasiones ya sea
por parte de micronaciones o microfarsas enemigas, así como de macronaciones
hostiles.
Artículo
5:
Corrobórese que todos los derechos individuales consagrados por la Constitución
del Imperio, serán respetados al pie de la letra, en todos los territorios de
la Confederación; y por ende, a ningún céltico se les podrá imponer cuarentenas
obligatorias, ni revisiones o tratamientos médicos obligatorios, ni
internaciones compulsivas, ni a ningún ciudadano céltico, se le cercenará su libertad de circulación y de reunión, dentro de la protección de los territorios célticos. Cualquier ciudadano céltico que caiga ante fuerzas
macronacionales extranjeras, para que se les aplicasen esas medidas violatorias
de los derechos humanos, estará bajo la protección del Gobierno Imperial
Céltico, y por ende, CELTIC considerará como acto hostil, a cualquier mínima
agresión ante cualquier ciudadano céltico.
Artículo
6:
Sin prejuicio de lo dispuesto por el artículo 2 del presente Decreto-Ley,
ordénese la importación de víveres necesarios para las RIAs célticas, de
acuerdo con lo dispuesto por el Filete Archival Legal N°180.320/1525.
Artículo
7:
Comuníquese, publíquese, etcétera.
ACLARACIONES LEGALES DEL DERECHO INTERNACIONAL:
CELTIC ES UN ESTADO SOBERANO, BASÁNDOSE SU DERECHO EN LA CONVENCIÓN DE MONTEVIDEO Y EN EL DERECHO DE AUTODETERMINACIÓN DE LOS PUEBLOS (PACTOS DE NUEVA YORK):
Artículo 1 de la Convención de Montevideo:
El estado como persona de Derecho Internacional debe reunir los siguientes requisitos:
- I. Población permanente.
- II. Territorio determinado.
- III. Gobierno.
- IV. Capacidad de entrar en relaciones con los demás Estados.
1. Todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación. En virtud de este derecho establecen libremente su condición política y proveen asimismo a su desarrollo económico, social y cultural.
Artículo 1 del Pacto Internacional de Nueva York sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales:
1. Todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación. En virtud de este derecho establecen libremente su condición política y proveen asimismo a su desarrollo económico, social y cultural.
CELTIC ES UN ESTADO SOBERANO, Y POR ENDE, TIENE DERECHO A POSEER UNA LEGISLACIÓN INTERNA PROPIA, SIN LA INTERFERENCIA DE INJERENCIAS EXTRANJERAS. TODO CÉLTICO, TIENE ADEMÁS, DESDE EL PUNTO DE VISTA NACIONAL E INTERNACIONAL, EL PLENO DERECHO A SU LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y DISCURSO:
Artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos:
Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.”
Artículo 11 de la Carta de Derechos de la Unión Europea:
1. Toda persona tiene derecho a la libertad de expresión. Este derecho comprende la libertad de opinión y la libertad de recibir o comunicar informaciones o ideas sin que pueda haber injerencia de autoridades públicas y sin consideración de fronteras.
2. Se respetan la libertad de los medios de comunicación y su pluralismo.
Primera Enmienda a la Constitución de los Estados Unidos de América:
El Congreso no podrá hacer ninguna ley con respecto al establecimiento de la religión, ni prohibiendo la libre práctica de la misma; ni limitando la libertad de discurso, ni de prensa; ni el derecho a la asamblea pacífica de las personas, ni de solicitar al gobierno una compensación de agravios.
(Este sitio céltico está alojado en Estados Unidos de América).
Artículo 29 de la Constitución de la República Oriental del Uruguay:
“Es enteramente libre en toda materia la comunicación de pensamientos por palabras, escritos privados o publicados en la prensa, o por cualquier otra forma de divulgación, sin necesidad de previa censura; quedando responsable el autor y, en su caso, el impresor o emisor, con arreglo a la ley por los abusos que cometieren.”
(Los ciudadanos célticos NO residen en Uruguay, sino en sus casas, que pertenecen a territorio céltico, incluyendo todos sus exclaves; sin embargo, sí transitan por territorio uruguayo, por lo cual no se les puede cercenar su LIBERTAD DE EXPRESIÓN).
ACLARACIONES LEGALES CÉLTICAS:
Resolución Imperial N°241.118/2308 de la Presidencia Imperial:
(Colocación en “modo privado” por tiempo indeterminado de “Noticias Oficiales
del Imperio Céltico”, por tiempo indeterminado).
Artículo
único: Ordénese la colocación en “modo
privado”, por tiempo indeterminado, del blog oficial de noticias o periódico
oficial “Noticias Oficiales del Imperio Céltico” (https://noticiasoficialesdelimperioceltic.blogspot.com/),
para el próximo lunes 26 de noviembre de 2018 ADAT, a partir de las 0900 horas
(UTC-3, ROU), en virtud de profundas reformas, y de acuerdo con lo estipulado
por el Filete Archival Legal N°241.118/2200; aclarándose que el portal central
de CELTIC (la página web oficial: http://imperiocelticogonelliense.blogspot.com/),
permanecerá en línea, así como podrá hacerse cualquier consulta a la
Presidencia del Imperio (por el correo oficial: principenicus@gmail.com), y esto no
significa de ningún modo el cese parcial ni mucho menos total, de actividad,
sino simplemente una reserva en el blog oficial de noticias, por un tiempo,
hasta que podamos terminar de realizar todas las reformas necesarias y resolver
cuestiones importantes para CELTIC.
Decreto-Ley Imperial N°261.118/001:
(Extensión de la Resolución Imperial del “Modo Privado” por tiempo
indeterminado).
Artículo
1: Considérese a la Resolución Imperial
N°241.118/2308 de la Presidencia Imperial, con fuerza de ley; y por ende,
deberá ser cumplida cabalmente, y asimismo, establézcase que un plazo posible,
para el retorno en “modo público truético” del blog oficial “Noticias Oficiales
del Imperio Céltico”, será para el mes de marzo del año 2020 (ese sería el
plazo máximo para el retorno, pero puede volver antes, si Dios quiere y podemos
terminar de hacer todas las reformas necesarias y resolver todos los problemas importantes
que tenemos que resolver).
Artículo
2: Estas noticias, sobre dicha Resolución y
el presente Decreto, deben ser publicadas de todos modos, en la portada del
Portal Céltico (es decir: http://imperiocelticogonelliense.blogspot.com/).
Artículo
3: Declárese asimismo comprendidos dentro
del presente Decreto y de la Resolución Imperial N°241.118/2308 de la
Presidencia Imperial, a la página oficial del Movimiento Luxista Céltico, es
decir: https://quintateoriapolitica.blogspot.com/
Artículo
4: Ordénese que para el día martes 27 de
noviembre de 2018 ADAT, alrededor de las 900 horas, todo el contenido, en
cuanto a entradas (no en cuanto a formato), de la página oficial de la Santa
Iglesia en CELTIC—es decir, http://santaiglesiacatolicaapostolicaromana.blogspot.com/
—pase a ser borrado, en virtud de que se ha decidido que dicha página tenga un
reinicio para marzo del año 2020. A partir de entonces, se comenzarán a subir
nuevas entradas, puesto que mientras tanto, el sitio estará en “modo público”,
pero en reparaciones secretas.
Artículo
5: Establézcase como plazo máximo para la
reforma completa del blog oficial de noticias céltico—“Noticias Oficiales del
Imperio Céltico”—para el final del mes de marzo del año 2020, derogándose
cualquier disposición jurídica opuesta al presente artículo; hasta entonces, se
deberán colocar todos los “Documentos Antiguos” de CELTIC, incluyendo aquellos
que hayan sido escritos a mano y todavía no hubieren sido digitalizados.
Artículo
6: Inclúyase dentro del contenido de la
presente reforma, que finalmente, para el final del mes de marzo del año 2020—como
plazo máximo—deberá de estar pronto el nuevo Código de Derecho Céltico,
prometido por la antigua reforma del anterior Primer Ministro Imperial D. Antonio
Sánchez; derogándose así, toda legislación anterior, opuesta a lo dispuesto por
el presente artículo.
Artículo
7: Comuníquese, publíquese, etcétera.
Decreto-Ley Imperial N°261.118/002:
(Contraataque a Rispondyonis).
Artículo
único: Ordénese el contraataque militar
bélico, hacia Rispondyonis—una tercera batalla—para la tarde del lunes 26 de
noviembre de 2018 ADAT, de acuerdo con lo estipulado por el Filete Archival
Legal N°261.118/0927.
Acúsese
recibo e insértese en el Registro Imperial de Leyes y Decretos.
Da.
Olga S. DeMarco de Gonella, Soberana Emperatriz de CELTIC.
D.
Nicolás J. Gonella Neyra, Presidente de CELTIC.
Da.
Yayita Barrolinas, Primer Ministro de CELTIC.
D.
Monitus Troglodytes Pan, Ministro Imperial de Defensa y Guerra.
D.
Richard Broadmann Bells, Ministro Imperial de Seguridad Interna y Represión.
D.
Emiliaum Goé Ipesis Rodríguez, Ministro Imperial de Economía, Hacienda y
Represión Anti-Usurera.
D.
Ignacio Octavio Fuentes Bertolini, Ministro Imperial de Educación y Cultura.
D.
Enzo Beneficio Costa Biarritz, Ministro Imperial de Ganadería, Agricultura y
Pesca.
D.
Carlos Cosido Hernández Herrera, Ministro Imperial de Industria, Energía y
Minería.
D.
Ernesto Fabián Bailes Irnabius, Ministro Imperial de Informática, Ciencia y
Tecnología.
D.
Jorge Esteban Noches Klum, Ministro Imperial de Justicia e Inquisición.
D.
José Gebelio Lascorz Lima, Ministro Imperial de Propaganda, Religión y Familia.
D.
Jorge Vladimir Jarra Torres, Ministro Imperial de Salud Pública.
D.
Ernesto Muros Fuentes Paredes, Ministro Imperial de Trabajo y Seguridad Social.
D.
Víctor Manuel Rosas Ramírez, Ministro Imperial de Transporte y Obras Públicas.
D.
Liliano Mariano Rivas Salazar, Ministro Imperial de Turismo y Deporte.
D.
Anacleto Eneas Perosini de los Morrones, Ministro Imperial de Vivienda,
Territorio y Ambiente.
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Reglamento de esta página:
1-
En primer lugar aquí se respetan los términos y condiciones de
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2- Este sitio está protegido por la legislación vigente del Estado de California de los Estados Unidos de América,
NO de Uruguay, así que NO es válido ningún intento de censura según
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administrador del blog, condena cualquier apología del delito, provenga
de donde provenga. El
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3-
Sin prejuicio de lo estipulado en el numeral precedente, el
administrador y autor del blog, está protegido por las leyes de la
República Oriental del Uruguay, por ser ciudadano natural de la misma; y
por ende, él se basa y se protege, según lo dispuesto en el artículo 29
de la Constitución de la República Oriental del Uruguay, el cual
afirma: “Es
enteramente libre en toda materia la comunicación de pensamientos por
palabras, escritos privados o publicados en la prensa, o por cualquier
otra forma de divulgación, sin necesidad de previa censura; quedando
responsable el autor y, en su caso, el impresor o emisor, con arreglo a
la ley por los abusos que cometieron.”
4-
El autor del blog profesa la religión católica-apostólica-romana, en su
vertiente más ortodoxa, ultramontana, tradicionalista y pre-conciliar,
rechazando el falso Concilio Vaticano II, con todas sus reformas y
abominaciones litúrgicas; y aquí se intentan guardar fielmente los Diez
Mandamientos y seguir fielmente el Magisterio infalible de la Santa
Iglesia Católica de siempre, fuera de la cual creo que no existe
absolutamente ninguna salvación. En virtud de ello, en este blog, no
se permitirá ninguna clase de comentario blasfemo o inmoral, que atente
en contra de la fe católica, así como tampoco se permitirá ningún
comentario ofensivo en contra del autor del blog.
5- En concordancia con lo anterior, a nadie se lo discriminará en esta página, pero téngase constancia que quien modera los comentarios es exclusivamente el autor del blog,
y por eso, no se permitirá ningún comentario blasfemo u ofensivo (sea
en contra del autor o en contra de otros usuarios). Quien ofenda al
autor, será censurado y baneada su IP, dentro de lo posible; y si
alguien difama o injuria contra el autor (delito penal, según el
capítulo VI—artículos 333 a 339—del Código Penal de Uruguay), será
denunciado a las autoridades competentes, tanto de Blogger/Google como
al Departamento de Delitos Complejos-División Informática del Ministerio
del Interior de la República Oriental del Uruguay.
Asimismo, todo aquél que pretenda censurar o atentar contra este sitio
(sea hackeando, tumbeando, con introducción de software malicioso, o por
cualquier otro medio), también será denunciado ante las autoridades de
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Uruguay. Queda por tanto, absolutamente prohibido la apología de la
violencia, especialmente contra la Santa Religión Católica.
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quien determina que se permite la libre difusión total o parcial, por
cualquier medio, de los artículos y revisiones literarias de sus propios
libros, siempre y cuando se cite el o los autores de las mismas y se
coloque el enlace correspondiente a este blog. Sin embargo, se
prohíbe sin autorización expresa por escrito del autor, la distribución
total o parcial, de los libros de Nicolás Gonella, que están
disponibles para la venta en Lulú.com;
sin embargo, los que están disponibles para descarga gratuita, sí
podrán ser difundidos libremente, siempre que se cite debidamente al
autor. En el caso de los libros publicados en Lulú.com u otras páginas
similares, sólo se permitirá citar breves textos de los libros, y
siempre mencionando de forma correcta al autor. Todo lo que está
permitido citar por el autor, debe siempre hacerse de forma literal o
sic, sin modificar nada ni sacarlo fuera de contexto. Quien
incumpla estas medidas de respeto al derecho de autor, será denunciado
debidamente para ser juzgado, de acuerdo a las leyes correspondientes,
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La cruz céltica o celta, es también considerada como un símbolo de nuestra raza aria o jafetita, y por eso representa en general a la Vieja Europa, que defendemos y por la cual abogamos: la Europa, cristiana, blanca y pura. Es así que la cruz céltica se alza como un símbolo por extensión de toda la otrora gloriosa Civilización Cristiana, Occidental y Aria, a la cual servimos y defendemos con devoción, como a nuestra Santa Madre Iglesia católica.
Pabellón Imperial del Soberano Imperio Romano Oriental y Apostólico de la Confederación de Estados Libres Teocráticos Independientes y Célticos de la Gran Gonellasia |
Escudo de Armas Imperial del Soberano Imperio Romano Oriental y Apostólico de la Confederación de Estados Libres Teocráticos Independientes y Célticos de la Gran Gonellasia |
Estandarte Imperial de la Casa Gonella-Uruguay, dinastía reinante en el Imperio Céltico-Gonelliense. |
SANTA TRADICIÓN: PLEYADYAN-PANGEA-ATLANTE-THULE-HIPERBOREAS-ARYAN-PICTOS-CELTICA-EUROPA-CRISTIANDAD.
Himno Imperial de la Confederación:
"Yo tenía un camarada céltico" es el Himno Oficial de CELTIC, según el Decreto-Ley Nº111.112. Su letra se basa en el poema original en alemán "Der gute Kamerad" ("El buen camarada"), también conocido como "Ich hatt' einen Kameraden" ("Yo tenía un camarada"); que es usado como marcha fúnebre tradicional por las Fuerzas Armadas de Alemania.
La música fue escrita en 1825 por el compositor Friedrich Silcher, mientras que la letra original había sido escrita por el poeta germánico Ludwig Uhland en 1809. Hay muchas versiones de esta música, algunas usadas por el ejército francés y el chileno, y también existe una versión española; desde el 11 de noviembre de 2012, CELTIC adaptó la letra para hacer su himno oficial. El autor de dicha adaptación fue el Príncipe Lord Nicus, el fundador de CELTIC.
El artículo 3 del Decreto-Ley Nº111.112 aclara que: "el uso de una marcha fúnebre como himno oficial no es por "mal gusto", sino para homenajear la memoria de todos aquellos camaradas célticos y no-célticos, pero fascistas, que han caído dando el buen combate contra las fuerzas de la oscuridad".
Himno Imperial de la Confederación:
"Yo tenía un camarada céltico" es el Himno Oficial de CELTIC, según el Decreto-Ley Nº111.112. Su letra se basa en el poema original en alemán "Der gute Kamerad" ("El buen camarada"), también conocido como "Ich hatt' einen Kameraden" ("Yo tenía un camarada"); que es usado como marcha fúnebre tradicional por las Fuerzas Armadas de Alemania.
La música fue escrita en 1825 por el compositor Friedrich Silcher, mientras que la letra original había sido escrita por el poeta germánico Ludwig Uhland en 1809. Hay muchas versiones de esta música, algunas usadas por el ejército francés y el chileno, y también existe una versión española; desde el 11 de noviembre de 2012, CELTIC adaptó la letra para hacer su himno oficial. El autor de dicha adaptación fue el Príncipe Lord Nicus, el fundador de CELTIC.
El artículo 3 del Decreto-Ley Nº111.112 aclara que: "el uso de una marcha fúnebre como himno oficial no es por "mal gusto", sino para homenajear la memoria de todos aquellos camaradas célticos y no-célticos, pero fascistas, que han caído dando el buen combate contra las fuerzas de la oscuridad".
Letra
La letra del himno oficial de CELTIC dice lo siguiente:
Yo tenía un camarada,
Otro igual no encontraré.
Siempre que la trompeta sonaba,
Como un céltico marchaba,
Al redoble del tambor.
Surcando viene un proyectil,
¿Es para mí o para ti?
A mis pies cayó herido
El confederado más querido
Y en su faz la muerte vi.
Él me quiso dar la mano,
Mientras cargué yo el fusil.
Yo le quise dar la mía
Y en su rostro se leía:
¡Por CELTIC yo moriré!
¡Gloria! ¡Gloria! ¡Al CELTIC, gloria!
¡Gloria, honor y victoria!
Por la religión y la tradición,
Bien armado hasta los dientes,
Por la Identidad Imperial.
Nuestros cantos, navegando,
La corriente los lleva por ahí,
Que en CELTIC, el Imperio,
Comienza a amanecer.
El Soberano Imperio Romano Oriental y Apostólico de la Confederación de
Estados Libres Teocráticos Independientes y Célticos de la Gran
Gonellasia es--según el artículo 1 de nuestra Constitución Imperial--la asociación política de todos los habitantes comprendidos dentro de su
territorio, que se define como una entidad micronacional político estatal,
social y cultural, y que además, se enmarca dentro de los diversos proyectos
micronacionales hispánicos y pro-hispánicos, más precisamente dentro del
denominado “Proyecto Celtic” de la Sneitersxs Enterprise International, y que
constituye el remanente legítimo y auténtico del verdadero Estado Oriental del
Uruguay; así la Confederación se proclama nominalmente como el “Uruguay
legítimo” o “Uruguay monárquico”, o también II Urureich.
CARTELERA
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C.E.L.T.I.C.
El Soberano Imperio Romano Oriental y Apostólico de la Confederación
de Estados Libres Teocráticos Independientes y Célticos de la Gran
Gonellasia (anteriormente, Confederación de Estados Ligásicos Terrícolas
Independientes y Colonizados) abreviado a CELTIC fue fundada el 11 de noviembre de 2008, por el Fondo Amplio, un grupo de ciudadanos, en el marco del Proyecto Celtic.
Más mapas célticos oficiales (por el Instituto Imperial de Cartografía):
Portal oficial de CELTIC: https://imperiocelticogonelliense.blogspot.com/
Periódico oficial de CELTIC: https://noticiasoficialesdelimperioceltic.blogspot.com/
Página oficial del Gobierno Imperial Céltico: http://sxs.celtic.gub.cel/
VÉASE CONSTITUCIÓN...
C.E.L.T.I.C.
Soberano Imperio Romano Oriental y Apostólico de la Confederación de Estados Libres Teocráticos Independientes y Célticos de la Gran Gonellasia | |||||
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Himno: Yo tenía un camarada céltico. | |||||
Lema: Religión, Tradición e Identidad . | |||||
Mapa oficial
Territorios físicos terrícolas reclamados de CELTIC (no incluye la tan reclamada, salida hacia el mar ni sus correspondientes millas marítimas). |
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Periódico oficial de CELTIC: https://noticiasoficialesdelimperioceltic.blogspot.com/
Página oficial del Gobierno Imperial Céltico: http://sxs.celtic.gub.cel/
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